Calendario fiscal para autónomos

Resumen de los plazos habituales de las declaraciones fiscales periódicas de los autónomos en España: IVA trimestral (modelo 303), pagos fraccionados de IRPF (modelo 130) y resúmenes anuales.

Aviso importante

Los plazos indicados son orientativos y corresponden al calendario habitual. Cada año la AEAT puede publicar ajustes por festivos u otras circunstancias. Consulta el calendario oficial de la Agencia Tributaria para las fechas exactas del año en curso.

1.er trimestre

Enero – Marzo

Del 1 al 30 de abril
303

IVA trimestral

Declaración de IVA repercutido y soportado del 1T.

130

IRPF — Pago fraccionado

Estimación directa (normal y simplificada). 20% del rendimiento neto del trimestre.

131

IRPF — Módulos

Solo si estás en estimación objetiva (módulos). Importe fijo según actividad.

2.º trimestre

Abril – Junio

Del 1 al 30 de julio
303

IVA trimestral

Declaración de IVA del 2T.

130

IRPF — Pago fraccionado

Estimación directa. Acumulado desde enero.

131

IRPF — Módulos

Si aplica.

3.er trimestre

Julio – Septiembre

Del 1 al 31 de octubre
303

IVA trimestral

Declaración de IVA del 3T.

130

IRPF — Pago fraccionado

Estimación directa. Acumulado desde enero.

131

IRPF — Módulos

Si aplica.

4.º trimestre

Octubre – Diciembre

Del 1 al 30 de enero (año siguiente)
303

IVA trimestral

Declaración de IVA del 4T.

130

IRPF — Pago fraccionado

Estimación directa. Último pago fraccionado del año.

131

IRPF — Módulos

Si aplica.

Declaraciones anuales

390

Resumen anual de IVA

Del 1 al 31 de enero (año siguiente)

Resumen de todos los trimestres del 303 presentados durante el año.

100

Declaración de la Renta (IRPF)

Campaña de Renta: de abril a junio del año siguiente

Declaración anual de IRPF. Las fechas exactas de la campaña las publica la AEAT cada año.

349

Operaciones intracomunitarias

Mensual o trimestral según volumen

Solo si realizas operaciones con proveedores o clientes de la Unión Europea.

Notas importantes

  • Los modelos 303 y 130 del 4T tienen plazo hasta el 30 de enero del año siguiente.
  • El modelo 130 (IRPF) solo aplica si estás en estimación directa. Si recibes retenciones que superan el 70% de tus ingresos, puedes estar exento de presentarlo.
  • El modelo 130 tiene plazo hasta aproximadamente el 20 del mes de presentación (del T1 al T3). El 4T es una excepción: su plazo coincide con el del 303 (30 de enero).
  • Si presentas domiciliación bancaria, el cargo suele ser el último día del plazo. Comprueba con tu entidad bancaria.
  • Las fechas pueden variar si el último día es festivo nacional. Consulta el calendario oficial de la AEAT.
→ Calendario oficial del contribuyente en la sede electrónica de la AEAT